Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Quinto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley ACUERDA LA ENTREGA DEL VEHICULO solicitado por el ciudadano JULIO JESUS SANTIL CHACON, titular de la cédula de identidad Nº 15.902.723, el cual tiene las siguientes características: SERIAL DE CARROCERIA 8ZCEC14T54V311159, PLACAS 220ABF, MARCA CHEVROLET, SERIAL DEL MOTOR 54V311159, MODELO SILVERADO, la cual se hará en PLENA PROPIEDAD, dado que quedó demostrada la plena propiedad del mismo por parte de este ciudadano, a través de toda la documentación consignada. Líbrese el correspondiente oficio dirigido al encargado del Estacionamiento Punta de de Mata de esta ciudad, informándole lo aquí decidido y ordenándole se le haga entrega del vehículo que nos ocupa al solicitante.