Con respecto a lo solicitado por la parte en sugerir o proponer al tribunal practicar o evacuar la declaración de los ciudadanos CARMEN JACKELIN LUNA, Titular de la Cédula de Identidad N° V-14.693.084, parte accionante, y del ciudadano OSWALDO ENGUAIMA, en su carácter de Gerente Administrativo de la sociedad mercantil accionada INVERSIONES RIGUEZ, C. A; éste Juzgado niega su admisión, por no ser un medio de prueba empleado por las partes, es un mecanismo procesal de uso potestativo y exclusivo del Juez quien podrá formularle a las partes, las preguntas que estime pertinente, sobre los hechos controvertidos; que en su oportunidad si es necesario y pertinente hará uso de esa facultad de conformidad con el artículo 103 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.