Con fundamento en las consideraciones de hecho, de derecho y jurisprudencial ut supra, este TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO:SE DECRETA MEDIDA DE EMBARGO, sobre bienes propiedad del demandado de autos, hasta cubrir la suma líquida dela medida de embargo preventivo, sobre los bienes pertenecientes a la Sociedad de comercio INVERSIONES GRETA C.A., identificada en el encabezado del presente fallo, hasta por la cantidad de UN MILLON CIENTO CINCUENTA Y UN MIL NOVECIENTOS CINCUENTA BOLIVARES CON TREINTA Y CUATRO CENTIMOS (Bs. 1.151.950.34) que comprende el doble de la cantidad liquida demandada más los intereses y las costas calculadas prudencialmente por el Tribunal y en caso de recaer sobre CANTIDADES LÍQUIDAS DE DINERO, por la cantidad de SETECIENTOS SESENTA Y SEIS MIL CIENTO SESENTA Y SIET.....