Por todas las consideraciones anteriormente expuestas, este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA, constituido en sede constitucional, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE la acción de amparo constitucional intentada por Sociedad Mercantil "BOLSAS MARACAY, S.A.", inscrita por ante el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, bajo el N° 34, Tomo 70-A en fecha 06 de diciembre de 2009, representada por su Presidente ciudadano JUNPENG CEN, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-24.446.784, contra Juzgado Segundo de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry del Estado Aragua, todo de conformidad con el artículo 6 ordinal 3 de la Ley Orgánica de Amparo Sobre Derechos y Garantías Constitucionales.