DISPOSITIVA
Por todas estas razones precedentemente expuestas, este Tribunal Único de Primera Instancia en Función de Ejecución de la Sección Penal de Responsabilidad del Adolescente, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme a las atribuciones consagradas en los artículos 646 y 647 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, emite el siguiente pronunciamiento: UNICO: REVOCA las medidas LIBERTAD ASISTIDA E IMPOSICIÓN DE REGLAS DE CONDUCTA, por el lapso de DOS (02) AÑOS y de manera sucesiva a estas SERVICIOS A LA COMUNIDAD, por el lapso de CUATRO (04) MESES Y QUINCE (15) DIAS, que pesan contra el ciudadano D.G.C.M. (IDENTIDAD OMITIDA), venezolano, de 17 años de edad, estado civil: soltero, con fecha de nacimiento 12-11-2000, titular de la cedula de identidad Nº V-30.161.998, residenciado en Barrio San Carlos, Calle Bolívar, Casa Nº 90, Maracay estado Aragua, declarado penalmente resp.....