En consecuencia, este Juzgado Superior Segundo en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Capital, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE la acción de amparo ejercida por el ciudadano Héctor José Valor Fernández, actuando en su carácter de apoderado judicial del ciudadano Frank Cevic Millán González contra el ciudadano (G.N.) Fredys Alonzo Carrión, en su condición de Comandante General de la Guardia Nacional Bolivariana.