En virtud de lo antes expuesto, este Juzgado Segundo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara CON LUGAR la solicitud de divorcio realizada por los ciudadanos Jorge Pedro José Vicens Martínez e Isabel Correa, plenamente identificados en autos, declarándose por consiguiente DISUELTO el vínculo matrimonial contraído entre ellos el día 19 de mayo del 2000, ante la Primera Autoridad Civil del Municipio Chacao del estado Miranda, bajo el Acta N° 283, Tomo Nº 1, Folio 283, de los Libros de Registro Civil llevados al efecto por ese Despacho durante el año 2000.