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Decisiones del dia 15/10/2014

Formato:  Ficha  Lista

Tribunal Octavo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas.
Paginas 1 [Total de sentencias: 2] Página 1 de 1
N° Expediente : AP31-S-2014-003794 N° Sentencia : Fecha: 15/10/2014
Procedimiento:
Rectificacion De Documento Administrativo
Partes:
EDITH JANET GOMEZ ESPARRAGOZA DE VELIS
Resumen:
Procédase en consecuencia a ordenar la rectificación de partidas como indica el artículo 774 del Código de Procedimiento Civil. IV Por las motivaciones anteriormente expuestas, este TRIBUNAL OCTAVO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, dicta la siguiente sentencia: PRIMERO: Se declara con lugar la RECTIFICACIÓN DE PLANILLA DE DATOS FILIATORIOS, DE ACTA DE MATRIMONIO Y ACTAS DE NACIMIENTO DE SUS HIJOS, peticionada por la ciudadana EDITH JANET GOMEZ ESPARRAGOZA DE VELIS, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº V-9.483.726. SEGUNDO: Se ORDENA la RECTIFICACIÓN DE LA PLANILLA DE DATOS FILIATORIOS, DE ACTA DE MATRIMONIO Y ACTAS DE NACIMIENTO DE LOS HIJOS de la ciudadana EDITH JANET GOMEZ ESPARRAGOZA DE VELIS en consecuencia en lo que respecta al segundo nombre de la .....
Juez/Ponente:
Luis Alberto Petit
Organo:
Tribunal Octavo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas.
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N° Expediente : AP31-S-2013-003492 N° Sentencia : Fecha: 15/10/2014
Procedimiento:
Divorcio 185-A
Partes:
RAFAEL ANTONIO ESCALONA DELGADO Y TATIANA BALABANOFF KUSHNAREVA
Resumen:
-II- MOTIVACION Ahora bien, siendo la oportunidad legal para decidir este Tribunal hace las siguientes consideraciones: PRIMERO: Con vista al procedimiento anterior, de las actas procesales se desprende que desde el 12 de agosto de 2013, fecha en la que fue acordada la Separación de Cuerpos y Bienes de los cónyuges a que se contraen las presentes actuaciones, hasta la presente fecha ha transcurrido más de un año. SEGUNDO: No existen pruebas en autos de que haya operado la reconciliación entre los cónyuges durante el referido lapso. TERCERO: El artículo 185 del Código Civil, en su segundo y último aparte dice textualmente: "También se podrá declarar el divorcio por el transcurso de más de un año después de declarada la Separación de Cuerpos sin haber ocurrido en dicho lapso la reconciliación de los cónyuges. En este caso el Tribunal procediendo sumariamente y a petición de cualquiera de ellos declarará la conversión de separación de cuerpos en divorcio, previa notificación de.....
Juez/Ponente:
Luis Alberto Petit
Organo:
Tribunal Octavo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas.
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