DISPOSITIVA
Por todo lo antes expuesto, esta Juez dirimente de la Sala 1 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Aragua, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, resuelve:
PRIMERO: Se declara COMPETENTE para conocer de la Recusación presentada por la ABG. SANDRA ESPINOZA, inscrita por ante el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo N° 214.162, en su condición de DEFENSORA PRIVADA del ciudadano JOSÉ LEONARDO MENDOZA PEÑA, titular de la cédula de identidad N° V-18.177.258, en contra del abogado ISRAEL ALEJANDRO DAVID LÓPEZ, en su condición de JUEZ DEL TRIBUNAL SEXTO (06°) DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ARAGUA. Todo ello de conformidad con lo establecido en el artículo 98 del Código Orgánico Procesal Penal.
SEGUNDO: SE DECLARA SIN LUGAR la recusación interpuesta por la ABG. SANDRA ESPINOZA, inscrita por ante el Instituto de Pr.....