DECISIÓN
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Superior Tercero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR el Recurso de Hecho interpuesto por la apoderada judicial de la parte accionada en la causa signada con el Nº DP11-L-2015-000088; y en consecuencia se ordena escuchar el recurso de apelación, conforme a lo determinado en la motiva de la presente decisión