D E C I S I Ó N
En mérito de lo precedentemente expuesto, este TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO BOLIVAR DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PROCEDENTE la solicitud de RECTIFICACION DEL ACTA DE NACIMIENTO, presentada por la cciudadana DULLESSY VIOLETA GALINDEZ PEREZ, inscrita en el inpreabogado bajo el Nº 87.626, actuando en su carácter de apoderada judicial del ciudadano CARLOS MARCELINO PEREIRA COUTO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-18.175.495, signada bajo el Nº 351, Folio 176, de fecha 23 de mayo del año 1.983, de los Libros de Nacimientos llevados por el Registro Civil del Municipio Bolívar del estado Aragua y el duplicado del acta de nacimiento archivado en el Registro Principal del estado Aragua. En consecuencia, queda RECTIFICADA de la siguiente forma: PRIMERO: Registro Civil del .....