En virtud de los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Noveno (9º) Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto en fecha 27 de noviembre de 2019, por el abogado: JAIME HELI PIRELA LEÓN, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 107.157, apoderado judicial la sociedad mercantil: PLUMROSE LATINOAMERICANA, C.A., en contra de la sentencia dictada en fecha 15 de noviembre de 2019, por Juzgado Noveno (9º) de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, que declaró sin lugar el recurso de nulidad contra el acto administrativo de efectos particulares No. P.A. 284-17 de fecha 02 de octubre de 2017 emanado de la Inspectoría del Trabajo Miranda Este del Área Metropolitana de Caracas.- SEGUNDO: SE REVOCA la Sentencia dictada por .....