Por todos los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Superior Tercero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, con sede en la ciudad de Maracay, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR EL RECURSO DE APELACIÓN interpuesto por ambas partes, contra la decisión dictada en fecha 26 de septiembre de 2024 y su aclaratoria de fecha 08 de octubre de 2024, dictada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, con sede en Maracay, y en consecuencia SE CONFIRMA la anterior decisión. SEGUNDO: PARCIALMENTE CON LUGAR LA DEMANDA, interpuesta por la ciudadana ARACELIS NOHEMI SUAREZ ESPINOZA, ya identificada, contra la sociedad mercantil PEPSICO ALIMENTOS, S.C.A., ya identidad, y en consecuencia SE CONDENA a la demandada, a cancelar a la demandante, cantidad determinada en la motiva del presente fallo. TERCERO.....