En consecuencia, este TRIBUNAL CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL LABORAL DEL ESTADO ARAGUA, ADMINISTRANDO JUSTICIA, EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY: declara: DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO, en la demanda que por ACCIDENTE DE TRABAJO, intentara el Ciudadano RICARDO JOSE LOPEZ SEVILLA, titular de la cedula de identidad N° V-9.678.901, en contra de la entidad de trabajo TRANSPORTE DE VALORES BANCARIOS, TRANSBANCA, C.A. Se deja constancia que la presente audiencia de juicio fue reproducida por medios audiovisuales de conformidad a lo estipulado por el artículo 162 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Asimismo el técnico Audiovisual encargado de dicha reproducción audiovisual es el ciudadano ANTONIO RIVERO. Dándose por cerrado el presente acto hoy, 15 de Diciembre de 2015, siendo las 10:15 a.m. Es todo, concluyó, se leyó y conformes firman.-
EL JUEZ,
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JUAN CARLOS BLANCO MUÑOZ
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