DISPOSITIVO
En virtud de los criterios jurisprudenciales y razonamientos precedentemente expuestos, este TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SUCRE Y JOSÉ ÁNGEL LAMAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR, la solicitud de Divorcio de Mutuo Consentimiento formulado por los ciudadanos, CARMEN ANGELINA REQUENA GODOY y RICHARD ALEXANDER RANGEL, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-12.167.150 y V-13.639.843, respectivamente, con correos electrónicos: angelinarequena1975@gmail.com / richardapure12@hotmail.com, y números telefónicos: 0424-367.84.48 / +1 214 405-2733, la primera de ellos, de este domicilio, y el segundo con domicilio en la ciudad de Frisco, calle 4949, Printers WAY del estado de Texas, apartamento N° 0320 de Estados Unidos; ambos asistidos en este acto por .....