este Tribunal Superior advierte, que dicha situación lleva a colegir, que no está lleno uno de los extremo para acordar la Cautelar Solicitada, como es la Presunción del Buen Derecho, vale decir, violación "directa" o amenaza de violación "directa" de garantías y derechos constitucionales, ya que si bien en el folio 69, consta escrito introducido al Órgano Administrativo, solicitando que se acumule el pliego de peticiones presuntamente introducido el 31 de Marzo de 2008, al procedimiento administrativo de discusión de Proyecto de Contrato Colectivo presentado por el Sindicato Único de Trabajadores y Trabajadoras de la Empresa Procesadora de Envases Metálicos HV Envases Especiales, C.A del Estado Aragua (SUTRAHVARAGUA), ello no constituye elemento de prueba suficiente para decretar el Amparo Cautelar solicitado, por lo que en razón de lo anteriormente expuesto, este Despacho, d.....