III
Por todo lo antes expuesto, este Juzgado Décimo Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
Primero: La inadmisibilidad de la demanda presentada en fecha 24 de octubre de de 2011, por el ciudadano abogado, ALBERTO MEJIA PIDGHIRNAY, inscrito en el IPSA bajo el Nº 89.136, en su carácter de apoderado judicial de la ciudadana VALENTINA KOLESNICHENKO DE MONTIEL, titular de la cédula de identidad Nº V-6.183.967, POR COBRO DE PRETACIONES SOCIALES contra la empresa "YOO RMF C.A", inscrita en el Registro Mercantil V de la Circunscripción Judicial del Federal y Estado Miranda, en fecha 02 de octubre de 2007, bajo el Nº 43, Tomo 1677-A.
Segundo: Dada la naturaleza de la sentencia, no hay especial condenatoria en costa.
PUBLIQUESE.....