Por todas y cada una de las razones que anteceden, este Tribunal Primero de los Municipios Maturín, Aguasay, Santa Bárbara y Ezequiel Zamora de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en el artículo 12 del Código de Procedimiento Civil, declara con lugar la acción intentada por la ciudadana Gladys Francis Stramaglia Farías anteriormente identificada. En consecuencia téngase a la ciudadana demandante como Gladys Francis Stramaglia Farías, 28 de octubre de 1983, en San Fernando de Apure, Estado Apure, hija de Gladys Josefina Farías de Stramaglia, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-9.283.108 y Nicola Stramaglia, mayor de edad, italiana de cédula de identidad N° E-689.601, quien falleció el 06 de abril de 1992. Sirva la presente decisión como partida de nacimiento de la ciudadana Gladys Francis Stramaglia Farías, ante.....