Por las razones anteriormente expuestas este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley. Declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la demanda de divorcio fundamentada en la segunda (2º) causal del artículo 185 del Código Civil, intentada por el ciudadano GUILLERMO DE LA CRUZ POZO, venezolano, titular de la cédula de identidad V-22.284.879 y de este domicilio, contra la ciudadana FLOR DE MARÍA ORIQUIN, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-7.267.957 de éste domicilio.
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas en razón de la especial naturaleza de la materia.