Por las razones antes expuestas, este Juzgado Superior Tercero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Aragua con sede en la ciudad de Maracay, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la parte accionante en nulidad, en contra la decisión de fecha 09 de octubre de 2017, dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo del estado Aragua, con sede en la ciudad de La Victoria, y en consecuencia SE CONFIRMA la anterior decisión que declaró procedente la oposición a la medida cautelar decretada en fecha 20 de septiembre de 2017.