DECISIÓN
Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela (actuando en sede constitucional), administrando justicia y por autoridad de la Ley declara que LA COMPETENCIA para el conocimiento de la acción de amparo constitucional instaurada por la ciudadana MAYRA ALEJANDRA LOPEZ, titular de la cédula de identidad Nº V-14.103.181, en contra de la ASOCIACION CIVIL SIN FINES DE LUCRO UNION DE CONDUCTORES TURMERO MARACAY, no corresponde a este Juzgado sino a los Tribunales de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de esta Circunscripción Judicial del estado Aragua, a los cuales se ordena remitir inmediatamente el presente expediente.
Publíquese y regístrese. Líbrese Oficio.
Dada, firmada y sellada en la sala de despacho del Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo del Circuito .....