DISPOSITIVA
En fuerza de los razonamientos que anteceden, este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la presente querella interdictal intentada por el ciudadano CARLOS JAVIER MATOS MEZA, en contra de la JUNTA DIRECTICA DE LA ASOCIACION CIVIL EMPRENDEDORES GALERIAS CENTRO C.A., ambos identificados ut supra. En consecuencia, se ordena la restitución de la energía eléctrica objeto de la demanda, en el local comercial de dos plantas, signado con el Número 1-15, que funciona como oficina y despacho de abogados, ubicado en el Minicentro Comercial Galería, Piso 1. Situado en la esquina de Camejo, Parroquia Catedral, Municipio Libertador, Distrito Capital, (punto de referencia: al lado del edificio de la Asamblea Nacional), siendo sus medidas cuatro (04) metros de largo por tres (03) de ancho aproximadame.....