Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO:INADMISIBLE la demanda de COBRO DE BOLÍVARES (VÍA INTIMACIÓN) incoada por el ciudadano MIGUEL ANGEL CARVAJAL CARMONA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V.-16.711.240, en contradel ciudadano LUIS JAVIER PINTO GONCALVES, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V.-18.207.753, por inepta acumulación de pretensiones e incumplimiento del precitado despacho saneador
SEGUNDO:NO HAYcondenatoria en costas, en virtud de la decisión del presente fallo.