PRIMERO: CON LUGAR la presente solicitud de DIVORCIO, fundamentada en el artículo 185-A del Código Civil vigente, por los ciudadanos ROSA AMERICA REINA DE GARCÍA y OSWALDO JOSÉ GARCÍA , cónyuges, mayores de edad, de este domicilio, de nacionalidad venezolanos y titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-6.828.426 y V-6.828.318, respectivamente, asistidos por la abogada en ejercicio GABRIELA MONAGAS, Inpreabogado Nº 142.472, y en consecuencia, DISUELTO el vínculo matrimonial que unía a los ciudadanos ROSA AMERICA REINA DE GARCÍA y OSWALDO JOSÉ GARCÍA , quienes contrajeron Matrimonio Civil, en fecha 22 de junio de 1984, ante el Registro Civil del Municipio San Casimiro del estado Aragua.
SEGUNDO: En cuanto a los hijos, este Tribunal no hace pronunciamiento, en virtud de que los mismos alcanzan la mayoría de edad para el momento de esta sentencia. .....