Ésta Sentenciadora una vez analizadas las actuaciones que fueron acompañadas a la solicitud en referencia promovidas por los solicitantes y evacuadas por ante éste mismo Tribunal las testimoniales de las ciudadanas SBROLLINI MADRIZ ANA ESTHER, venezolana, mayor edad, soltera, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 5.627.940, domiciliada en La Calle García De Sena Sur Nº 2 Centro, La Victoria, Municipio José Félix Ribas, Estado Aragua y SILVA PÉREZ MARIA, venezolana, mayor de edad, divorciada, titular de la Cédula de Identidad Nº V-4.400.370, domiciliada en La Avenida 1, Casa 73 Urbanización Las Mercedes Sector 1, La Victoria, Municipio José Félix Ribas, Estado Aragua, dejando a salvo los derechos de terceros, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA conforme al artículo 937 del Código de Procedimiento Civil Venezolano, CON LUGAR la Solicitud de Únicos y Universales Herederos, del De Cujus, Ciudadano: GIACINTO CORAGG.....