Por los fundamentos de hecho y de derecho antes expuestos, este Juzgado Octavo de Primera Instancia Penal en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, hace los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: En Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad que le confiere la Ley, ABSUELVE, de conformidad con lo estipulado en el artículo 347 del Código Orgánico Procesal Penal en concordancia con el artículo 348 ejusdem, al ciudadano OSCAR DAVID GUEVARA PACHECO, titular de la cédula de identidad V-26.425.534, de nacionalidad venezolano, nacido en fecha 28-04-1997, de 25 años de edad, profesión u oficio Indefinido, estado civil soltero, residenciado en: Santa Rita, Barrio 24 De Junio, Calle Darío Briceño, Casa N° 33, Municipio Francisco Linares Alcántara, Estado Aragua, por no haber quedado demostrado la responsabilidad y participación en los hechos que fueron objeto del ju.....