DECISION
En fuerza de lo antes expuesto, este Juzgado Noveno de Municipio de la Circunscripción Judicial del Area Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la demanda por DESALOJO, incoada por la ciudadana DOLORES MARTINEZ DE ANGULO, contra MARGARITA POSADAS VIVAS, anteriormente identificados. En consecuencia, se declara el DESALOJO del inmueble objeto de la presente causa. ASI SE DECIDE. De conformidad con el Parágrafo Primero del artículo 34 de la Ley de Arrendamientos inmobiliarios, se concede a la parte demandada, un plazo improrrogable de seis (6) meses contados a partir de la notificación que se le haga de la sentencia definitivamente firme, para la entrega material, real y efectiva del referido inmueble. ASI SE DECIDE.-
Se condena en costas a la parte demandada, de conformidad con lo previsto en el artículo 274 del Código d e Procedimiento Civil......