Este Juzgado Superior Quinto Agrario y Civil-Bienes de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, con Competencia en lo Contencioso Administrativo de la Región Sur Oriental, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declaró: PRIMERO: COMPETENTE, para conocer del presente recurso. SEGUNDO: ADMISIBLE, el Recurso Contencioso Administrativo de Nulidad, presentado por el ciudadano JUAN ANTONIO RAMIREZ, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad No. 7.826.821, asistido del abogado José Enrique Díaz Fuentes, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 61.777, contra la Providencia Administrativa Nº 25, de fecha indeterminada del año 1997, emanada de la INSPECTORIA DEL TRABAJO DEL ESTADO MONAGAS.
TERCERO: IMPROCEDENTE, la solicitud de medida cautelar innominada de suspensión de los efectos.