En este estado el apoderado judicial de la parte demandada expone: "Propongo cancelar al demandante la cantidad de DOCE MIL BOLIVARES CON CERO CENTIMOS (Bs. 12.000,00) por todos y cada uno de los conceptos descritos en el libelo de demanda, los cuales se dan aquí enteramente por reproducido, el cual será cancelado en un solo pago consignado en este acto en cheque N° 71001140, de la cuenta corriente N° 01210309390008215855, contra el Banco Corp Banca, de fecha 02 de Marzo de 2011, por la cantidad de DOCE MIL BOLIVARES CON CERO CENTIMOS (Bs. 12.000,00), a nombre del ciudadano LEONARDO JOSE LOPEZ. En este estado la parte demandante y sus apoderadas judiciales abogadas exponen: "Acepto y recibo el pago en los términos expuestos a satisfacción y declaro que no tengo nada más que reclamar por los conceptos descritos en la demanda y producto de la relación laboral ya extinguida". Este Juzgado vista que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el ARTÍCULO 133 EJUSDEM, d.....