Este Tribunal Primero de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry del Estado Aragua, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad que le confiere la Ley, DECLARA CON LUGAR la demanda interpuesta por el ciudadano SANTIAGO BARRIOS GONZÁLEZ antes identificado, contra la COMPAÑÍA FUNERARIA CRISTO REY Y JOSÉ GREGORIO HERNÁNDEZ C.A antes identificada y declara resuelto el Contrato de Arrendamiento. CONDENÁNDOLA. Ha hacer entrega del inmueble objeto del contrato, ubicado en la Calle Sucre Norte c/c Avenida Bolívar, distinguido con el Nº 2 y alinderado de la siguiente manera: NORTE: Con casa que fue de Raúl Capriles y ahora es de A Uzcategui; SUR: Con la Avenida Bolívar; ESTE: Con casa de Pedro Madrid C. y OESTE: Que es su frente, la Calle Sucre y le pertenece como se desprende de documento registrado por ante la Oficina del Registro Subalterno del Municipio Girardot del Estado Aragua, bajo el Nº 85; Folio 276; Protocolo 1º, Tomo 1º de.....