Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Tercero de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry del Estado Aragua, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara 1) CON LUGAR la demanda por reconocimiento de instrumentos privados, intentado por el ciudadano Adrián Viloria contra los ciudadanos Martha Elena Terán Escamez y Arnoldo José De La Coromoto 2) Reconocidos por los ciudadanos Martha Elena Terán Escamez y Arnoldo José de La Coromoto los documentos privados que aparecen a los folio 04 al 08 del presente expediente y se ordena que se le coloque por Secretaría la correspondiente nota de reconocimiento y se haga posteriormente entrega de los mismos al demandante, dejando copia certificada en su lugar.
Se condena en costas a la parte demandada.
Publíquese, regístrese y notifíquese.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Tercero de los Municipios Girardot y Mario Brice.....