Por los razonamientos antes expuestos este tribunal superior administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, NIEGA la medida de embargo preventivo solicitada por la representación judicial de la parte actora, en el juicio de cumplimiento de contrato de arrendamiento intentado por la sociedad mercantil INVERSIONES A.T.M. 138, C.A. contra la empresa CORPORACIÓN CREATIVA IV C.A. Se declara SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto el 27 de enero del 2010 por el abogado MANUEL R. ANGARITA S., actuando en su condición de co-apoderado judicial de la sociedad mercantil INVERSIONES A.T.M. 138 C.A., contra la providencia dictada el 22 de enero del 2010 por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en los términos ut supra expuestos.
Queda CONFIRMADO el fallo apelado.
No hay especial condenatoria en costas, por cuanto no hubo actuaci.....