DECISIÓN
Por los fundamentos expuestos, esta Sala Primera de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR LA INHIBICIÓN planteada en fecha 09 de abril de 2012, por la Profesional del Derecho JENNY RAMIREZ TERÁN, en su carácter de Jueza Provisoria del Juzgado Vigésimo Primero (21°) de Primera Instancia en Funciones de Control de este Circuito Judicial Penal, en la causa signada con el N° 21C-4875-05 (nomenclatura de ese Juzgado a su cargo), seguida en contra del ciudadano JOSUE MARTINEZ ARAUCO, todo ello de conformidad con lo establecido en el ordinal 7° del artículo 86 del Código Orgánico Procesal Penal. Y ASÍ SE DECIDE.
Regístrese, diarícese, déjese copia de la presente decisión, remítase las presentes actuaciones al Juzgado en el cual actualmente reposan las actuaciones originales de la presente causa, y copia certificada de la presente dec.....