Por las razones antes expuestas, este Juzgado Superior Tercero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Aragua con sede en la ciudad de Maracay, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta por la parte actora, contra la sentencia dictada en fecha 27 de marzo de 2017, por el Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, con sede en la ciudad de la Maracay, y en consecuencia SE CONFIRMA, la anterior decisión. SEGUNDO: SIN LUGAR LA DEMANDA, interpuesta por el ciudadano ANTONIO JOSÉ CABRERA, ya identificado, contra la entidad de trabajo sociedad civil UNIÓN EL LIMON y contra el ciudadano JOSÉ RAMÓN DÍAZ CARTA, ya identificados.