Por los razonamientos antes expuestos este Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, SE DECLARA INCOMPETENTE POR EL TERRITORIO, para conocer y resolver la presente solicitud de DIVORCIO 185-A DEL CODIGO CIVIL, presentada por los ciudadanos AXEL ANTONIO BRAVO BRAVO y ORIANA EVELIXE MACHADO BLANCO, identificados con las cédulas de identidad Nros. V-19.553.879 y V-17.985.964 respectivamente.
Remítanse las presentes actuaciones al Tribunal Distribuidor de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Sucre y José Ángel Lamas de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, a los fines de que previa su distribución al Tribunal que le corresponda siga conociendo de la presente solicitud. Líbrese oficio.
Publíquese y Regístrese, déjese copia certificada p.....