En consecuencia, esta Sala de Juicio del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua Juez Unipersonal N° 02 administrando justicia en nombre de la República y por la autoridad de la Ley declara Con Lugar la presente solicitud de fijación de obligación alimentaria incoada por la ciudadana HAZEL GERARDINE AGELVIS COLMENARES en representación de sus hijas, las niñas: NICOLE ANDREA y NAHOMI ALEJANDRA, CARDOZO AGELVIS, actualmente de Tres (03) y Dos (02) años de edad respectivamente, contra el ciudadano: OSCAR ENRIQUE CARDOZO RODRIGUEZ, y en consecuencia:
PRIMERO: Se fija la obligación alimentaria en 13 SALARIOS DIARIOS decretados por el ejecutivo nacional ya que permiten un ajuste automático y proporcional pagaderos mensualmente que equivalen a la suma de DOSCIENTOS UN MIL OCHOSCIENTOS VEINTICINCO MIL BOLÍVARES (Bs. 201.825,00). También, se fijan 26 SALARIOS DIARIOS decretados por el ejecutivo nacional ya que permiten un ajuste automá.....