PRIMERO: NULA la decisión dictada en fecha 09 de octubre de 2007, por el Juzgado Quinto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, que negó la medida cautelar innominada solicitada por la parte actora.
SEGUNDO: SE REPONE LA CAUSA, al estado que el Tribunal de Primera Instancia, con estricto apego a la normativa contenida en el artículo 376 del Código de Procedimiento Civil, provea lo conducente en torno a lo petición de suspensión de ejecución de la sentencia formulada por el accionante en tercería.-
TERCERO: Ante lo naturaleza de lo decidido no hay imposición de costas.-
Déjese copia certificada de la presente decisión en el copiador de sentencias de este Tribunal.
Remítase el presente expediente al Tribunal de origen en su oportunidad legal.