Conteste con lo establecido en la Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y Medio y sustentado en la decisión del TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA EN SALA DE CASACIÓN SOCIAL con ponencia del Magistrado OMAR ALFREDO MORA DÍAZ en el caso de demanda intentada por el ciudadano MANUEL ANTONIO CAMACARO contra la empresa mercantil LA LUCHA C.A., de fecha 29 de noviembre del año 2007. Siendo determinante la certificación del Órgano correspondiente para la validez y certeza de lo solicitado, que es de trascendental importancia a los fines de que el proceso corra sin vicios que contraríen el debido proceso; es decir por lo que este Juzgado DECIMO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACION, MEDIACION Y EJECUCION, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara LA INADMISIBILIDAD DE LA DEMANDA, se ordenará el cierre y archivo del expediente una vez que transcurra el lapso legal para ejercer los recursos correspondientes contra la prese.....