DECISION
En mérito de los razonamientos precedentemente expuestos, este Tribunal Cuarto de Primera Instancia en lo Penal en Función de Juicio constituido Mixto, en nombre de la República y por autoridad de la Ley dicta por unanimidad, conforme a lo establecido en el artículo 366 del Código Orgánico Procesal Penal los siguientes pronunciamientos, DECLARA: PRIMERO: NO CULPABLE al acusado ciudadano: RICHAR COA GONZALEZ. Venezolano, Titular de la Cédula Identidad N° 17.242.452, natural de Caracas Distrito Capital, donde nació en fecha 26-07-1978, de 29 años de edad, Estado Civil Soltero, hijo de Ana María Coa (v) y de Jesús Coa González (v), de oficio: Albañil, domiciliado en: La invasión del Barrio Santa Inés, vivienda tipo rancho s/n, cerca del Establecimiento Comercial Sigo. Maturín Estado Monagas, de la comisión del delito de Hurto Calificado con Fractura previsto y sancionado en el artículo 453 numeral 4 del Código Penal, en perjuicio de la Escuela Básica San Simón, en cons.....