Este Tribunal Primero de Primera Instancia en Función de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLAR RAMON ERNESTO CHACON ROMERO y en consecuencia se le concede la LIBERTAD PLENA desde el día 24 de Junio del año 2009. ASÍ SE DECIDE.
Notifíquese lo conducente al Fiscal Séptimo del Ministerio Público, al Defensor, y al Penado. Remítase copia certificada del presente auto al ciudadano Jefe de Vigilancia de Sanciones Penales y a la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario de esta Ciudad, a los fines Legales consiguientes. Ofíciese a la Oficina del Alguacilazgo comunicándole el cese de las presentaciones del referido penado. Líbrese lo conducente. CÚMPLASE.
LA JUEZA PRIMERA DE EJECUCIÓN,
ALEXA GAMARDO RIVERO.
LA SECRETARIA
ABG. RAIZA MEJIA