Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Administrado Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara LA PERENCION DE LA INSTANCIA, conforme a lo establecido en el artículo 267 del Código de Procedimiento Civil.
REGISTRESE Y PUBLIQUESE.
Dado, firmado y sellado en la sala de Despacho del Juzgado Tercero de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry del Estado Aragua, a los 16 días del mes de Julio de dos mil diez (2010).- 200° de la Independencia y 151° de la Federación.
La Juez,
Abg. Mary Fernández Paredes.
La Secretaria
Abg. Kristel Vásquez Fossi.
En esta misma fecha siendo las 02:00 p.m. previa las formalidades de ley, se publicó y registró la anterior decisión.
La Secretaria,
MFP/KVF/nmh.
EXP: 9381.