Declara SIN LUGAR la apelación interpuesta por la abogada KATIA NINOSKA COROMOTO FRANQUIZ CORDERO, defensora privada del ciudadano FROI ERIXON HERNANDEZ URIBE, contra la sentencia condenatoria dictada por el Juzgado Undécimo Itinerante de Primera Instancia en funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del estado Aragua, en fecha 08 de junio de 2010, y publicada en su texto íntegro en fecha 28 de julio de 2010, mediante la cual condenó al ciudadano FROI ERIXON HERNANDEZ URIBE, venezolano, titular de la cédula de identidad N° 15.611.103, a cumplir la pena DE DOCE (12) AÑOS DE PRISIÓN, por la comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL SIMPLE, previsto y sancionado en el artículo 405 del Código Penal. SEGUNDO: Se confirma la sentencia condenatoria, referida ut supra.
Queda así resuelto el recurso de apelación interpuesto y, en consecuencia, vigente la sentencia recurrida.
Regístrese la decisión, déjese copia en los archivos de la Corte de Apelaciones y remítase en su oportunida.....