Por las razones antes expuestas este Juzgado Superior Quinto de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara HOMOLOGADA LA TRANSACCIÓN en la querella interpuesta por los abogados Alfredo Rojas Moreno, Alejandro Arocha Brito y Luis Ramón Golindano, Inpreabogados Nos. 10.231, 30.176 y 10.255, respectivamente, actuando como apoderados judiciales del ciudadano EUTIMIO JOSE RIVAS DELGADO, titular de la cédula de identidad N° 2.930.960, contra el INSTITUTO AUTONOMO DE POLICIA DEL ESTADO MIRANDA.