Este Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, actuando en nombre de la republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: Se imparte en este acto la HOMOLOGACION JUDICIAL al acuerdo alcanzado por las partes, de conformidad con lo dispuesto en el Articulo 133 de la Ley procesal antes citada, surtiendo efecto de cosa juzgada y se ordena el cierre y archivo del expediente. Se agrega a la presente acta una (01) copia de los cheques recibido por la actora y se elaboran dos (2) ejemplares de la presente acta, una para ser agregada al expediente y una para el copiador de sentencias llevado por éste Juzgado. Se deja constancia que las partes no consignaron escritos de pruebas en virtud de la mediación en la presente causa.