DECISIÓN
Por las razones antes expuestas, este JUZGADO SUPERIOR SEGUNDO EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIALDEL ESTADO ARAGUA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:INADMISIBLEel recurso de casación anunciado en fecha 09.07.2018, por elabogadoPEDRO JUAN MARTÍNEZ DÍAZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 80.521, actuando en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada ciudadano HABIBMOHAMADJABER, titular de la cédula de identidadN° E-81.755.595, contra la sentencia dictada por esta alzada en fecha 28.06.2018,por carecer la causa de la cuantía necesaria para el acceso a la sede casacional.PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE y DÉJESE COPIA.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del JUZGADO SUPERIOR SEGUNDO EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIALDEL ESTADO ARAGUA. En Maracay, a los dieciséis (16) días del mes de Juliodel año 2018. A.....