Por todos los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Sexto Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de calificación de despido, reenganche y pago de salarios caídos, incoada por la ciudadana BELITZAITH SANZ, al INSTITUTO PARA LA DEFENSA DE LAS PERSONAS EN EL ACCESO A LOS BIENES Y SERVICIOS (INDEPABIS), en consecuencia, se condena al demandado al reenganche de la accionante al mismo puesto de trabajo que tenía para el momento del despido, con el pago de los salarios caídos, a razón de Bs. 104,71 diarios, contados desde la fecha de notificación del demandado en el presente juicio, hasta la efectiva reincorporación de la accionante, excluyendo sólo el tiempo de la prolongación del proceso por causa de fuerza mayor o caso fortuito, y la inacción del demandante.Todo lo cual será determinado por experticia complementaria del .....