Por las razones de hecho y de derecho antes expuestas, este Juzgado de los Municipios Sucre y José Ángel Lamas de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la presente demanda de INSERCIÓN DE ACTA DE DEFUNCIÓN, del ciudadano fallecido JOSÉ JULIAN ESPINOZA, identificado supra; formulada por el ciudadano: NEDO JESUS ESPINOZA BARTOLI. En consecuencia, se ordena enviar copia de esta sentencia al Registro Civil del Municipio Sucre del Estado Aragua y al ciudadano Registrador Principal Civil del Estado Aragua, a fin de que se sirva insertar la respectiva ACTA DEFUNCIÓN del de cujus JOSÉ JULIAN ESPINOZA, ; quien falleció en fecha Doce (12) de Agosto de Mil Novecientos Setenta y Ocho (1.978), en su casa, por causa de Cirrosis Hepática; en los Libros de Defunción llevados por ante la oficina de Registro Civil del Municipio Sucre del Estado Aragua.-
Publíquese y déje.....