Por todos los fundamentos de hecho, de derechos y jurisprudenciales, anteriormente plantados, este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Libertador y Francisco Linares Alcántara de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Declara: Primero: INADMISIBLE, la presente acción de NULIDAD DE OPCIÓN DE COMPRA VENTA, intentada por la ciudadana: YAMINY MILAGRO PALACIOS NATERA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad, Nro. V-9.622.135, domiciliada en la Calle Pinto Salinas, Sector La Morita II., Casa Nro. 5-A, (diagonal a la policía), Santa Rita Municipio Francisco Linares Alcántara del estado Aragua, a traves de sus apoderados judiciales, abogados: YAMILE DEL ROSARIO PALACIOS NATERA e YSAIAS ACOSTA AVILA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad, Nros. V-7.189.861 y V-2.854.631, e inscritos en el I.P.S.A., co.....