IV. DISPOSITIVA
En virtud de las consideraciones de hecho y derecho anteriormente expuestas, este Tribunal Superior Primero Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: INADMISIBLE la pretensión de amparo constitucional contenida en el escrito interpuesto por la ciudadana Nesmire Del Valle Freites Terán, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad No. V-18.069.816, debidamente asistida por la abogada Jhoanna Silva, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado, bajo el No. 86.876, contra la sentencia dictada en fecha 28 de junio de 2023 por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, con sede en Cagua, en el expediente No. 17.721 (nomenclatura de ese juzgado).
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas en razón de la naturale.....