Por todos los razonamientos antes expuestos este Juzgado Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua con sede en la ciudad de Maracay, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la apelación ejercida por la parte demandada contra la decisión definitiva dictada en fecha 02 de julio de 2008 por el Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio para del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, con sede en la ciudad de Maracay, y en consecuencia, SE MODIFICA la anterior decisión, en los términos antes expuestos. SEGUNDO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda interpuesta por el Ciudadano LUIS FELIPE ROJAS CANDELA, titular de la cedula de identidad No.12.144.195, por Cobro de Prestaciones y en consecuencia, SE CONDENA a la sociedad mercantil MULTISERVICIOS RYCAR¿S C.A., ., inscrita ante el Registro mercantil Segundo del est.....